campañas

En el artículo 2 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal (LFSV), establece que la
sanidad vegetal tiene como finalidad promover y vigilar la observancia de las disposiciones
legales aplicables; diagnosticar y prevenir la diseminación e introducción de plagas de los
vegetales, sus productos o subproductos que representen un riesgo fitosanitario, de igual
manera, el artículo 33 de la LFSV establece que la Secretaría tendrá a su cargo la organización
y coordinación de las campañas fitosanitarias y para su desarrollo promoverá la celebración
de acuerdos y convenios con los Gobiernos de los Estados y Municipios, Organismos
Auxiliares de Sanidad Vegetal o particulares interesados.

Las campañas fitosanitarias se implementan conforme a los artículos 2, 3, 5, 19 y 33 de la LFSV,
donde establece que la Secretaría tendrá a su cargo la organización y coordinación de las
campañas fitosanitarias, y para su desarrollo, promoverá la celebración de acuerdos y
convenios con los Gobiernos de los Estados y Municipios, Organismos Auxiliares de Sanidad
Vegetal o particulares interesados, además de lo señalado en los artículos 86, 87, 88, 89 y 92
del Reglamento de la LFSV.
Los programas a desarrollarse en el estado de Michoacán de Ocampo, contemplan la
atención de los problemas fitosanitarios asociados a los cultivos de maíz, trigo panificable y
arroz, como parte del manejo fitosanitario en Apoyo a la Producción para el Bienestar,
además de plagas de los cítricos, moscas de la fruta, plagas reglamentadas del aguacate,
moko del plátano, manejo fitosanitario de frutillas, plagas reglamentadas del agave y
cochinilla rosada.